La facturación Electrónica
En agosto de este año la factura electrónica será obligatoria para las grandes empresas que trabajen con/para la Administración y en febrero de 2011 será obligatorio para las demás empresas.
Hay varias modalidades de facturación electrónica (por mail, por web, por software…) pero todas ellas llevan implícito el uso del Certificado de Firma Digital.
La contribución al ecosistema, el ahorro en papel y tinta, la rapidez y un mayor y mejor control, son las grandes ventajas de la factura electrónica, que poco a poco se va implementando en las empresas, aunque no con toda la celeridad que sería conveniente.
Uno de los motivos de esta lenta implantación es el desconocimiento de los procedimientos a seguir para ello. Así que vamos a resumir los pasos a seguir para hacerlo de la forma más eficaz que empleando un programa de facturación (la mayoría de ellos ya traen un módulo de facturación electrónica):
- Debemos contactar con la Fábrica de Moneda y Timbre para solicitar un Certificado Digital de clase 2CA
- Ir a una oficina de Hacienda para verificar la identidad del solicitante
- Decidir en qué formato de archivo y con qué programa informático se van a emitir las facturas y firmar el documento.
- Verificar que el módulo de facturación es correcto y que contiene todos los campos exigidos.
- Decidir si las facturas emitidas se van a guardar como copia, en una base de datos, o de ambos modos
- Informar a los clientes y, mediante un acuerdo por escrito (un contrato de conformidad entre partes) solicitar su conformidad para enviarle las facturas por ele sistema de facturación electrónica. El cliente debe tener un programa compatible para recibir y validar las facturas electrónicas
- Intercambiar los certificados digitales utilizando sólo la clave pública
Para más información: http://www.facturae.es/

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